Este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Guanare del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, y de conformidad con dispositivo legal del Articulo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara estas diligencias bastantes para asegurarle al ciudadano ADELICIO RAMON MORALES, ya identificado, el Derecho de Propiedad y Posesión de unas Bienhechurias construidas sobre una parcela de Terreno municipal, dentro de un área de Cinco Mil ciento Veintisiete Metros Cuadrados (5.127,00 Mts2), consistente en Una casa de habitación familiar con paredes de bloques frisadas totalmente, piso de cemento rustico con terracota colonia, techo de platabanda sobre estructura de losa cero, tres (3) habitaciones, dos (2) ventanas panorámicas, puertas de metal, cocina, comedor, dos (2) baños, un (1) corredor con techo de acerolit, anexos de un C.....