DISPOSITIVA
Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado del Municipio Araure del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio formulada por los ciudadanos WILLIAM ALFREDO FALCON ADAM Y ANA RAFAELA ESCALONA, mayores de edad, cónyuges entre sí, titulares de las Cédulas de Identidad números V-9.565.357 y V- 9.258.956 respectivamente, domiciliados el primero de los nombrados, en Acarigua, Barrio Augusto Malavé Villalba, calle 1, vía Sabanetica, Casa N° 18, Municipio Páez, Estado Portuguesa, y la segunda en Araure Etapa Tapa de Piedra, Sector Campo Alegre, Calle Principal, Casa N° 60, Araure, Municipio Araure Estado Portuguesa, asistidos por el abogado NIXON VARELA TORO, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 75.619, de conformidad con lo establecido en el Artículo 185-A del Código Civil.
En consecuencia, ba.....