Por los motivos expuestos, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la demanda de Fijación de Obligación Alimentaria formulada por la ciudadana AURELIA MAGLIS ROMERO ALDANA, actuando en nombre de las niñas MARIA KARIMAR COIRAN ROMERO y MAGLIS KARIELA COIRAN ROMERO contra el ciudadano JUAN DE JESUS COIRAN TORRES, y se fija la suma de CIEN MIL BOLÍVARES (Bs. 100.000,oo) MENSUALES, y DOSCIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 200.000,oo) en los meses de septiembre y diciembre de cada año, para cubrir los gastos por concepto de uniformes y útiles escolares, ropa y calzado, y deberá ser depositada por el ciudadano JUAN DE JESUS COIRAN TORRES en una cuenta que deberá aperturar la ciudadana AURELIA MAGLIS ROMERO ALDANA a nombre de las hermanas COIRAN ROMERO, y a la orden de este Tribunal.-
Dada, firmada, sellada y refrendada en la Sala de Juicio del Tribunal de Prot.....