Este Tribunal AUTORIZACIÓN JUDICIAL PARA GESTIONAR COBRO DE DINERO en nombre de sus referidas hijas, el cual le pertenece por concepto de pago de prestaciones sociales, beneficios laborales, colectivos, contractuales, pensión de sobrevivientes, beneficio de caja de ahorros, ahorros de la Ley de Política Habitacional, fideicomisos y seguro de vida, en razón de la muerte de su padre, ciudadano OSVALDO JOSÉ ALFREDO FONSECA AGUILERA, quien era venezolano, mayor de edad, casado, Médico Cirujano, titular de la Cédula de Identidad N° V- 12.708.307, y vistos los recaudos producidos con la solicitud y siendo evidente que las niñas ELESEE MYLEE FONSECA TERÁN, MARÍA SUSANA FONSECA TERÁN y YURIANA YHOSEFINE FONSECA TERÁN, tienen la cualidad que se les señale, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, haciendo uso de la facultad que .....