Por los anteriores razonamientos este Tribunal Primero de Primera Instancia en Mediación y Sustanciación de Niños, Niñas y Adolescentes del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA LA CONVERSIÓN EN DIVORCIO de la separación de cuerpos decretada por el Tribunal de Protección del Niño, Niña y Adolescente,, en fecha 10 de Febrero de 2.010, de los ciudadanos ALFREDO GUILLERMO DE JESUS RAMOS DUGARTE y GELYM ARELYS BAPTISTA TOTUAS, suficientemente identificados en autos. En consecuencia, y de conformidad con el artículo 184 del Código Civil, queda disuelto el vínculo matrimonial contraído por los referidos ciudadanos por ante la Primera Autoridad Civil del Municipio Sucre del Estado Portuguesa, en fecha 2 4 de Noviembre de 2.006, según acta número 74.