DISPOSITIVA
Por los motivos expuestos, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la demanda de Obligación de manutención formulada por la ciudadana NAIR DEL VALLE VILLEGAS en nombre de los niños ..........,.......................,.....................,y......................., contra el ciudadano FELIX ANTONIO URBINA, se fija la suma de SEISCIENTOS BOLÍVARES (Bs. 600,00) MENSUALES, en los meses de Agosto y Diciembre la cantidad de MIL DOSCIENTOS BOLIVARES (Bs. 1200,00), para los de uniformes, útiles escolares, vestuarios y calzados; así mismo el padre cancelara el 50% del valor de los gastos por honorarios médicos y medicinas que ameriten sus referidos hijos, las cantidades e dinero deberán ser entregadas directamente a la madre, previo recibo firmado.-
Dada, firmada, sellada y refrendada en la S.....