ÚNICO: Con fundamento en el artículo 112 del Código Penal en su encabezamiento, numeral 1º, aparte segundo y aparte tercero, se declara PRESCRITA la pena de UN AÑO Y SEIS MESES DE PRISIÓN que impuso el Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control N° 1 de esta Circunscripción Judicial mediante decisión de fecha 25 de Septiembre de 2013 a los penados ROBERT PERSAUD, de Nacionalidad GUYANESA, indocumentado en este país, natural de Esequivo, República de Guyana, nacido en fecha 22 de Mayo de 1971, de estado civil soltero, de ocupación mecánico, residenciado en la Calle 13, casa s/n, Barquisimeto, Estado Lara; y MICHAEL LOWE, de Nacionalidad GUYANESA, indocumentado en este país, natural de Esequivo, República de Guyana, nacido en fecha 30 de Agosto de 1984, de estado civil soltero, de ocupación ayudante de mecánica, residenciado en la Calle 13, casa s/n, Barquisimeto, Estado Lara, por haber admitido los hechos en la comisión del delito de ESTAFA SIMPLE, previsto y sancionado en el.....