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Decisiones del dia 26/09/2025

Formato:  Ficha  Lista

Paginas Ant 1 2 [Total de sentencias: 19] Página 2 de 2
N° Expediente : 2190-25. N° Sentencia : Fecha: 26/09/2025
Procedimiento:
Obligacion De Manutención
Partes:
MARIA DUQUE Y MIGUEL CRIOLLO, VENEZOLANOS, MAYORES DE EDAD, TITULARES DE LA CEDULA DE IDENTIDAD NROS. V-21.492.053 Y V-24.506.362
Resumen:
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO GUANARITO DEL PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA Guanarito, 26 de septiembre de 2025. Años: 214° y 166°. Exp. Civil N° 2190-25. Por recibido désele entrada, al Acuerdo conciliatorio de Obligación de Manutención, celebrada entre los partes ciudadanos: MARIA DUQUE y MIGUEL CRIOLLO, venezolanos, mayores De edad, titulares de la cedula de identidad Nros. V-21.492.053 y V-24.506.362, respectivamente, domiciliados en el Municipio Guanarito del Estado Portuguesa, en representación de sus hijas: OMITIR NOMBRE DE LOS MENORES, emanada de la Defensoría del Niño, Niña y Adolescente del Municipio Guanarito del Estado portuguesa, en beneficio de sus hijas. Por cuanto dicha conciliación, no es contraria al orden público, a las buenas costumbres, o alguna disposición expresa de la Ley, ni vulnera los derechos del niño y del adolescente. Este Tribuna.....
Juez/Ponente:
Erika Katherina Schwab León
Organo:
Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Guanarito del Primer Circuito.
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N° Expediente : PH21-S-2018-000016 N° Sentencia : Fecha: 26/09/2025
Procedimiento:
Extinción De La Acción Por Pérdida Del Interés
Partes:
PARTE OFERENTE: MOLINOS NACIONALES, C.A. (MONACA). PARTE OFERIDA: ANDERSON J. SANCHEZ D., TITULAR DE LA CÉDULA DE IDENTIDAD N° V-19.053.822.
Resumen:
MOTIVA En definitiva, en el caso analizado por este Tribunal y como consta en las actas procesales del expediente, se observa que el mismo se encuentra paralizado desde hace más de cinco (05 años) es decir, desde el 06 de diciembre de 2019, y tampoco consta en autos que después de la fecha señalada, la parte oferente, ni personalmente ni por medio de su apoderado haya manifestado interés alguno en que el procedimiento de jurisdicción voluntaria se resuelva, lo que devela que ha transcurrido en demasía el lapso de un (1) año a que se contraen los artículos 201 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, 94 de la Ley Orgánica De Reforma De La Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia y 267 del Código de Procedimiento Civil, de aplicación analógica en el presente asunto por disponerlo así el articulo 11 de la Ley Adjetiva Laboral, sin que la parte solicitante de la Oferta Real de Pago, haya actuado dándole impulso a la causa, por lo tanto, tal conducta se subsume en el supuesto estable.....
Juez/Ponente:
Romi Lisbeth Arape Escalona
Organo:
Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo.
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N° Expediente : 3359-2025 N° Sentencia : 3381 Fecha: 26/09/2025
Procedimiento:
Reconocimiento De Instrumento Privado
Partes:
SONIA DEL CARMEN BASTIDAS COLMENARES CONTRA YUSDALBY SAINE MANZANILLA TORRES
Resumen:
Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Sucre del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: CON LUGAR la solicitud de Reconocimiento de Instrumento Privado y en consecuencia da por reconocido el documento acompañado a los autos. Devuélvase originales con sus resultas a la parte interesada. Expídase copia certificada a la parte interesada del fallo dictado por este Tribunal. Así mismo, se acuerda el desglose del documento privado de venta con el Fallo del Reconocimiento judicial para la parte demandante. Publíquese, regístrese y déjese copia certificada. Dado, sellado y refrendado en la sala del Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Sucre del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa. .....
Juez/Ponente:
Yaneth Carolina Garcia Gonzalez
Organo:
Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Sucre del Primer Circuito.
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N° Expediente : 1916-2025 N° Sentencia : 1439 Fecha: 26/09/2025
Procedimiento:
Reconocimiento De Contenido Y Firma De Documento Privado
Partes:
MARIA ANASTACIA CARMONA NARVAEZ, TITULAR DE LA CEDULA DE IDENTIDAD Nº V-4.962.344 DEMANDADO: YONATHAN CIPRIAN CHINCHILLA LOPEZ, VENEZOLANO, MAYOR DE EDAD, TITULAR DE LA CEDULA DE IDENTIDAD Nº V- 19.399.585
Resumen:
DECISION: Por las razones que anteceden, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Monseñor José Vicente de Unda del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, Primero: DECLARA CON LUGAR, la Demanda Reconocimiento de Instrumento Privado en su contenido y firma, Segundo: DA POR RECONOCIDO EN SU CONTENIDO Y FIRMA el precitado instrumento Privado acompañado a los autos. Devuélvase originales con sus resultas a la parte interesada. Expídase copia certificada a la parte interesada del fallo dictado por este Tribunal. Así mismo, se acuerda el desglose del documento privado con el Fallo del Reconocimiento judicial para la parte demandante Regístrese, Publíquese y déjese la Copia de Ley. Dada, firmada y sellada en la Sala de despacho del Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Monseñor José Vicente.....
Juez/Ponente:
Duvelys Ramon Briceño Juarez
Organo:
Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Monseñor José Vicente de Unda del Primer Circuito.
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N° Expediente : C-2025-002124 N° Sentencia : Fecha: 26/09/2025
Procedimiento:
Reconocimiento De Contenido Y Firma De Documento Privado
Partes:
DEMANDANTE: ANDREWS GABRIELLE TORIN, DEMANDADO: FELIPE JAVIER MENDOZA ARROYO
Resumen:
III DISPOSITIVA Por los fundamentos anteriormente expuestos este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRÁNSITO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA, en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SE IMPARTE LA HOMOLOGACIÓN AL CONVENIMIENTO EN ESTA DEMANDA, realizado por la parte demandada, ciudadano FELIPE JAVIER MENDOZA ARROYO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 15.213.750, en fecha 22 de septiembre del 2025, que riela al folio (15) de esta causa, asistido de la abogada YASMIN ARAOCELIS ALVARADO HERNÁNDEZ, inscrita en el INPREABOGADO bajo el Nro. 277.644, ello de conformidad a lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil. Como consecuencia de la referida homologación, queda legalmente reconocido en su contenido y firma el instrumento privado a que se contrae la presente demanda, presentado como documento fundamenta.....
Juez/Ponente:
Mauro Jose Gomez Fonseca
Organo:
Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito
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N° Expediente : 7582-2024 N° Sentencia : 1 Fecha: 26/09/2025
Procedimiento:
Divorcio (Falta De Afecto)
Partes:
DEMANDANTE: ASNOLDO RAMON GOMEZ, DEMANDADA: ALICIA DEL CARMEN CASTILLO
Resumen:
D I S P O S I T I V A Por los fundamentos antes expuestos, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Páez y Araure del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud de Divorcio, propuesta por el ciudadano ASNOLDO RAMON GOMEZ en contra de la ciudadana ALICIA DEL CARMEN CASTILLO, ambos identificados en autos, en consecuencia, conforme al artículo 185 Eiusdem, queda DISUELTO el vínculo conyugal contraído en fecha 13 de diciembre de 1985, ante el Registro Civil del Municipio Páez, Estado Portuguesa, según Acta de Matrimonio Nº 498. Publíquese, regístrese y déjese copias certificadas. Dada, sellada y firmada en la Sala del Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Páez y Araure del Segundo Circuito de la Circunsc.....
Juez/Ponente:
Tamari Coromoto Gutierrez Ocando
Organo:
Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Páez y Araure del Segundo Circuito.
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N° Expediente : 9011-25 N° Sentencia : 101 Fecha: 26/09/2025
Procedimiento:
Admisible El Recurso De Apelación De Sentencia
Partes:
ABOGADO JORGE YGNACIO SILVA ÁLVAREZ, EN SU CONDICION DE DEFENSOR PRIVADO; ACUSADA YULISBETH ANTONIETA MEDINA GIMÉNEZ, TITULAR DE LA CÉDULA DE IDENTIDAD N° V-29.703.066; ABOGADA YANETH GISELA SANTIAGO BRICEÑO, EN SU CONDICIÓN DE DEFENSORA PRIVADA DEL ACUSADO JORGE ENMANUEL BETANCOURT CANELÓN TITULAR DE LA CÉDULA DE IDENTIDAD N° V-22.329.885.
Resumen:
DISPOSITIVA Por las razones expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se ADMITE el recurso de apelación interpuesto en fecha 6 de agosto de 2025, por el Abogado JORGE YGNACIO SILVA ÁLVAREZ, inscrito en el Inpreabogado bajo matrícula N° 272.181, en su condición de defensor privado de la acusada YULISBETH ANTONIETA MEDINA GIMÉNEZ, titular de la cédula de identidad N° V-29.703.066; SEGUNDO: Se ADMITE el recurso de apelación interpuesto en fecha 6 de agosto de 2025, por la Abogada YANETH GISELA SANTIAGO BRICEÑO, inscrita en el Inpreabogado bajo matrícula N° 62.225 en su condición de defensora privada del acusado JORGE ENMANUEL BETANCOURT CANELÓN titular de la cédula de identidad N° V-22.329.885, ambos en contra de la sentencia definitiva dictada en fecha 2 de junio.....
Juez/Ponente:
Anarexy Camejo González
Organo:
Corte de Apelaciones
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N° Expediente : 9007-25 N° Sentencia : 100 Fecha: 26/09/2025
Procedimiento:
Admisible El Recurso De Apelación De Sentencia
Partes:
EL ABOGADO ERNESTO JOSÉ PACHECO SAAVEDRA, EN SU CONDICIÓN DE DEFENSOR PRIVADO; ACUSADO YUGMAR YTAMAR GONZÁLEZ GODOY, TITULAR DE LA CÉDULA DE IDENTIDAD Nº V- 10.727.041; VICTIMA: LUIS MIGUEL ROMÁN.
Resumen:
DISPOSITIVA Por los razonamientos antes expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se ADMITE el recurso de apelación interpuesto en fecha 21 de mayo de 2025, por el Abogado ERNESTO JOSÉ PACHECO SAAVEDRA, en su condición de Defensor Privado, en contra de la decisión dictada en fecha 8 de abril de 2024 y publicada en fecha 18 de abril de 2025, por el Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Juicio Nº 3, del Circuito Judicial Penal, con sede en Guanare, en la causa penal Nº 3J-1471-22; y SEGUNDO: Se fija la correspondiente audiencia oral a las DIEZ (10:00) HORAS DE LA MAÑANA, del DÉCIMO (10°) DÍA HÁBIL SIGUIENTE, a que conste en autos la última notificación de las partes, conforme al artículo 447 del Código Orgánico Procesal Penal.- Déjese copia, .....
Juez/Ponente:
Eduardo Barazarte
Organo:
Corte de Apelaciones
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N° Expediente : 6483 N° Sentencia : Fecha: 26/09/2025
Procedimiento:
Cobro De Bolívares Vía Intimación (Letra De Cambio)
Partes:
DEMANDANTE: JAKELIN URQUIOLA MEDINA, EN SU CARÁCTER DE ENDOSATARIA EN PROCURACIÓN DEL CIUDADANO EDGAR ROBINSON COLMENARES DÍAZ. DEMANDADO: FRANCISCO RAFAEL ESPINO QUINTERO.
Resumen:
´En el caso de marras, este Juzgado Superior Accidental, en fecha dieciocho días (18) días del mes de julio del dos mil Veinticinco (2025), en parte de la motiva y el Dispositivo del fallo, en su primer punto, se transcribió incorrectamente la fecha del auto 21 de mayo 2025 siendo lo correcto 21 de mayo 2024, así mismo en el Segundo punto del dispositivo se transcribió erróneamente la fecha 21 de mayo 2025 siendo lo correcto 21 de mayo 2024. Ahora bien, dada la forma como se produjo la corrección en el presente asunto, se precisa que el fallo fue dictado en fecha dieciocho días (18) días del mes de julio del dos mil Veinticinco (2025) dicha aclaratoria, por el error material en el que se incurrió al momento de la transcripción, por lo cual, se justifica la corrección, al haber constatado este juzgador, se observa que efectivamente al momento de transcribir el contenido de la misma, se cometieron errores materiales de transcripción, ya que erróneamente se transcribió la fecha (año) que.....
Juez/Ponente:
Rene Antonio Briceño Barroeta
Organo:
Juzgado Superior Civil, Mercantil, Tránsito, Bancario. Guanare.
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