DISPOSITIVO
Por los razonamientos expuestos, este Tribunal de Primera Instancia en Función de Control Nº 1 del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, con fundamento en el artículo 498 del Código Orgánico Procesal Penal, RESUELVE:
ÚNICO: Habiendo cumplido satisfactoriamente el RÉGIMEN DE PRUEBA, con fundamento en el numeral 7º del artículo 48 del Código Orgánico Procesal Penal, DECLARA LA EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL a favor del ciudadano SAMIR JOSÉ OVIEDO VILLEGAS, de Nacionalidad Venezolana, titular de la Cédula de Identidad Nº V-10.059.699, natural de Guanare, Estado Portuguesa, nacido en fecha 16 de Junio de 1969, de estado civil soltero, de ocupación comerciante, residenciado en el Barrio Juan Fernández de León, Calle Medero, casa Nº 07, Guanare, Estado Portuguesa, por el delito de AMENAZA DE GRAVE DAÑO previsto y sancionado en el artícul.....