En fuerza de las anteriores motivaciones este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, en función de juicio No. 3 en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley: Por unanimidad absuelve a los acusados Valera Rodríguez Jhonny Segundo, venezolano, natural de Arauquita Estado Barinas, mayor de edad, nacido en fecha 26/01/75, soltero, titular de la Cédula de Identidad Nº 12.239.910, residenciado en el Barrio Brisas del Este, calle principal, tercera casa, después de la primera cuadra, casa S/N, Guanare Estado Portuguesa y Rodolfo Ramón Betancourt, venezolano, natural de esta ciudad, mayor de edad, nacido en fecha 23-05-68, soltero, titular de la Cédula de Identidad Nº 10.724.305, Comerciante, residenciado en la Colonia Parte Alta, calle principal, en le Centro Social la Morochera, Guanare Estado Portuguesa, del delito de Robo Agravado, previsto y sancionado en los artículos 460 del Código Penal vigent.....