DISPOSITIVA
En virtud y fuerza de lo antes expuesto, el Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y Transición del Circuito Judicial de Tribunal de Protección del Niño, Niña y Adolescente del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa- Extensión Acarigua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de los bienes dejados por el causante JULIO RAFAEL RIERA FONSECA, quien fuera venezolana, mayor de edad al momento de su fallecimiento, titular de la cédula de identidad N° 4.602.219; a su esposa GERERDA ANTONIA PEREZ, y a sus hijos YAMILETH JOSEFINA RIERA PEREZ, TULIO ERNESTO RIERA PEREZ, MELVI RAFAEL RIERA PEREZ, YAMELIS JACKELIN RIERA PEREZ, MARIELIN DEL CARMEN RIERA AZUAJE, MARIELIS DEL CARMEN RIERA AZUAJE, OMAR ALEXIS RIERA AZUAJE, (se omiten), actualmente de treinta y siete (37), treinta y cinco (35), treinta y tres (33), veintisé.....