DISPOSITIVO
Por los razonamientos expuestos este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control Nº 2 del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, RESUELVE:
PRIMERO: A tenor de la disposición contenida en el encabezamiento del artículo 234 del Código Orgánico Procesal Penal CALIFICA LA FLAGRANCIA en la aprehensión de los ciudadanos YONDER JOSÉ CALDERÓN AZUAJE, de Nacionalidad Venezolana, titular de la Cédula de Identidad N° V-24.687.613, natural de Guanare, Estado Portuguesa, de estado civil soltero, de 18 años de edad, nacido en fecha 15-05-1994, de profesión u oficio Obrero, residenciado en el Barrio El Cambio, Calle Principal, casa sin número, al lado de la Pescadería Memín, Guanare, Estado Portuguesa; y JESÚS ALEXANDER TORRES MOLINA, de Nacionalidad Venezolana, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 20.545.117, profesión o oficio bac.....