DISPOSITIVA
Por lo anteriormente expuesto, este Juzgado de Primera Instancia en función de Ejecución Nº 1, del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara la SUSPENSIÓN CONDICIONAL DE LA EJECUCIÓN DE LA PENA, al ciudadano Venegas Castro José Ramón, Venezolano, soltero, comerciante, nacido en fecha 29-07-1962, de 48 años de edad, natural de San Cristóbal estado Táchira, titular de la cedula de identidad Nº V- 9.226.644, residenciado Terraza "D", del Club Hípico, Calle Colombia, quinta Marisol, Municipio Baruta, Caracas Distrito Capital, y domicilio procesal, en la Av. Universidad, cruce con fuerzas armadas, Edif., Avareña, Local Nº 5, Comercializadora Vanetex, frente a la Iglesia Corazón de Jesús, Parroquia la Candelaria, Municipio Libertador, Caracas Distrito Capital, por la comisión del delito de Porte Ilícito de Arma de Fuego, Uso de Documentos Falsos o Alterados y Forj.....