DISPOSITIVA.
Por todas las razones antes expuestas, este Tribual de Control Nº 01, del Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente, Extensión Acarigua, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley: DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO, en la causa que se le sigue a los adolescentes imputados: SE OMITE POR RAZONES DE LEY, Venezolano, Nacido n fecha 24-08-1996, de 16 años de edad, Titular de la Cedula de Identidad V25.147.1.76, de Profesión u Oficio Estudiante Teléfono 0251-4546996, residenciado en la Calle 5, Vereda 10, con Fuerzas armadas, Casa 51-30, diagonal a la Licorería Los Jaborienses Barquisimeto, Estado Lara, SE OMITE POR RAZONES DE LEY, Venezolano, Nacido n fecha30-08-1995,.de 17 años de edad,. Titular de la cedula de Identidad V26.770.463, de Profesión u Oficio. Estudiante, Hijo .de Douglas Eduardo Velazco y Josefina Blanco’(difunta),’Teléfono 0255-4457910, residenciado en el Caserío La Lucia, Sabana Rió Auro, C.....