PRIMERO: El padre, ciudadano RAUL ANTONIO DAZA ANDRADE, podrá compartir con su hijo: Identificación omitida por disposición de la Ley, cualquier día de lunes a viernes, previa comunicación con la madre a tales fines, sin interrumpir sus horas de sueño, de descanso o de actividad educativa, debiendo buscar a su hijo en el hogar de la madre a la hora previamente acordada por estos y regresarlo el mismo día a la hora convenida.
SEGUNDO: Los fines de semana, podrá el padre compartir con su hijo cada quince (15) días, es decir, dos (02) fines de semana al mes, con pernocta, debiendo buscarlo en el hogar de la madre el sábado a las 8:00 a.m., y retornarlo al hogar materno el domingo a las 06:00 p.m.
TERCERO: En cuanto a las vacaciones de carnaval y de semana santa, serán compartidos de forma alterna y conciliada cada año, correspondiéndole el presente año, compartir la semana santa con el padre.
CUARTO: En cuanto a las vacaciones escolares, se establece que desde el 01 de agosto hasta.....