Por los anteriores razonamientos este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, REVOCA la Medida de Protección consistente en Colocación Familiar de la niña **********************, acordada en la casa de la tía paterna, ciudadana ADDIMAR BRICEÑO ESCALONA, residenciada en la calle Progreso, Casa S/N, frente a la Casa Parroquial, en el Centro de la Población de Punta de Mata del Estado Monagas, y dictada por este tribunal en fecha 18 de octubre del 2005 y ordena la entrega de la niña a su madre, ciudadana YENNY MARGARITA MERCADO VELA. Particípese lo conducente a la ciudadana ADDIMAR BRICEÑO ESCALONA. Líbrese oficio.