Vista la conciliación celebrada entre los ciudadanos RICHARD RAFAEL MÉNDEZ SEQUERA y JUDITH DEL CARMEN PRINCIPAL, titulares de las cedulas de identidad N° 14.332.278 y 18.811.304 respectivamente, por ante la Fiscalía Cuarta del Ministerio Público con Competencia en Materia de Protección del Niño, Niña, Adolescente y Familia, sobre el establecimiento de la OBLIGACIÓN DE MANUTENCION, del padre en beneficio en su hijo el niño .................. ...................................., de 10 meses de edad, por la cantidad de DOSCIENTOS BOLIVARES (Bs. 200,00), mensuales, los cuales serán depositados en una cuenta de ahorro aperturada por la madre, en el mes de Diciembre el padre suministrara a su hijo vestuarios, calzados y juguetes, en cuanto a los gastos médicos, medicinas, vestuarios, calzados, recreación y otros, serán cancelados el 50% por el padre y el 50% por la madre; y por cuanto dicho acuerdo conciliatorio no vulnera los derechos del niño, el Tribunal le imparte su homologación y le.....