Vista la conciliación celebrada entre los Ciudadanos FREDDY ANTONIO PEREIRA TORRES y YOLENNY BERNAIZ FERNANDEZ DUQUE, titulares de las cédulas de identidad N° 15.138.898 y 19.337.588 respectivamente, por ante la Fiscalía Cuarta del Ministerio Público con competencia en materia de Protección del Niño, Niña, Adolescente y Familia, en fecha 18 de Noviembre del 2009, sobre la fijación de OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN, en beneficio de la niña ............................., de un (01), año de edad, la cual ha sido fijada por la cantidad de trecientos bolívares (Bs. 300,00) mensuales, los cuales entregara a la madre con acuse de recibo en dos partes de ciento cincuenta bolívares (Bs. 150,00) los quince y últimos de cada mes. Igualmente el padre cubrirá los gastos por concepto de vestuarios, calzado y juguetes en el mes de diciembre, así mismo ambas partes se obliga a cancelar los gastos de medicinas, consultas medicas, tratamiento medico, recreación y otros; proporcionalmente cada uno de ell.....