Este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Guanare del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, y de conformidad con dispositivo legal del Articulo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara estas diligencias bastantes para asegurarle a la ciudadana YETZALI DEL CARMEN VILLEGAS MEJIAS, ya identificada, el Derecho de Propiedad y Posesión de unas Bienhechurias construidas sobre una parcela de Terreno municipal, dentro de un área de Ciento Cincuenta Metros Cuadrados (150,00 Mts2), consistente en: Una vivienda Unifamiliar, construida con paredes de bloques frisadas, techo de platabanda y piso de cemento pulido, un (01) porche con columnas de concreto armado y piso de terracota, una (01) sala de recibo, una (01) cocina empotrada, dos (02) dormitorios con puertas de madera, dos (02) ventanas panorámicas con marcos de mader.....