Por los anteriores razonamientos este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara CON LUGAR la demanda que motivó este juicio. En consecuencia acuerda la OBLIGACIÓN ALIMENTARIA de TEOFILO ALEXANDER RIVAS MOYEGA para su hijos, los niños TEIBER ALEXANDER RIVAS HERNÁNDEZ y DEIBER ALEXIS RIVAS HERNÁNDEZ, en la cantidad de OCHENTA MIL BOLÍVARES (Bs. 80.000,00) mensuales, CIENTO SESENTA MIL BOLÍVARES (Bs. 160.000,00) en el mes de agosto y DOSCIENTOS OCHENTA MIL BOLÍVARES (Bs. 280.000,oo) en el mes de diciembre. Igualmente el padre deberá suministrar los gastos de medicina y vestuario que ameriten sus hijos.