Con fundamento en las anteriores consideraciones este Tribunal Unipersonal en funciones de Juicio Nº 02, del Primer Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, con sede en Guanare, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara culpable al ciudadano MERIDE LUCENA JOSE venezolano, mayor de edad, natural de Biscucuy Municipio Sucre Estado Portuguesa, nacido el 28/01/1955, de 49 años edad, casado, obrero, titular de la Cédula de Identidad Nº 9.158.063, residenciado en La Urbanización José Antonio Páez, vereda 3, casa Nº 3, sector 5, diagonal a la Panadería, Guanare Estado Portuguesa, por la presunta comisión del delito de Lesiones Preterintencionales Graves, previsto y sancionado en el artículo 417 del Código Penal venezolano vigente, en perjuicio de EFREN FLORES RAMIREZ, y lo Condena a cumplir la pena de seis (6) meses de prisión, más las accesorias de ley según lo contempla el artículo 16 de.....