De las declaraciones rendidas ante este Tribunal, por los ciudadanos: ELSY MERCEDES COLINA DE NUÑEZ y RAFAEL SIMON NUÑES LINAREZ, venezolanos, mayores de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-16.964.039 y V-20.025.102, ambos domiciliados en el Sector Barrio las Brisas el Playón, municipio Santa Rosalía, Estado Portuguesa, puede observar, quien juzga, que fueron contestes a los hechos manifestados por el solicitante, en consecuencia, al no haber habido oposición de terceros, este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Turén, Santa Rosalía y Esteller del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, todas las diligencias realizadas por la ciudadana: ALEJANDRA MARIA BARCO SILVA, bastantes y suficientes para asegurarle el.....