DISPOSITIVA
Con base a las consideraciones que anteceden, este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal, en Función de Control No. 3 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa con sede en Guanare, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta los siguientes pronunciamientos:
1.- Acuerda la calificación de flagrancia de los ciudadanos Mora Araujo Rodolfo José, venezolano, natural de Timotes Estado Mérida, de 45 años de edad, nacido en fecha 23-10-1959, soltero, de profesión u oficio obrero, titular de la Cédula de Identidad N° V-9.013.512, residenciado en el Barrio La Lagunita , casa s/n de la población de Guanarito Estado Portuguesa; Lugo Amaya Wilfredo Antonio, venezolano, natural de Tucaras Estado Falcón, de 33 años de edad, soltero, obrero, nacido en fecha 22-02-1972, soltero, de profesión u oficio obrero, titular de la Cédula de Identidad N° V-13.107.028, residenciado en Sanare Vía Morón Estado Falcón.; Linares Sivira Héctor Ramó.....