Decisiones del dia 07/08/2006
N° Expediente :
6894
N° Sentencia :
Fecha: 07/08/2006
Procedimiento: Homologación Guarda
Partes: TOBIAS PEREZ Y HILIANA DEL CARMEN GARCIA LINARES
Resumen:
Vista la conciliación celebrada entre las partes TOBIAS PEREZ y HILIANA DEL CARMEN GARCIA LINARES, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nº 9.256.160 y 16.475.583, respectivamente, por ante la Fiscalia Cuarta del Ministerio Público con Competencia en Materia de Protección del Niño y del Adolescente y ratificada por ante este Tribunal en esta misma fecha, sobre el ejercicio de la GUARDA de los niños xxxxxxxxxxxxxxx de 07 y 06 años de edad, respectivamente, donde la madre le cede la Guarda de sus hijos antes mencionados al padre; y por cuanto dicho acuerdo conciliatorio no vulnera los derechos de los niños, el Tribunal le imparte su homologación y le da carácter de cosa juzgada, de acuerdo con los artículos 315 y 317 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente.
Juez/Ponente:
Oscar Mahin Mejias Ramos
Organo:
Juzgado de Protección LOPNA
N° Expediente :
5111-05
N° Sentencia :
Fecha: 07/08/2006
Procedimiento: Aumento De La Obligacion Alimentaria
Partes: EDUVIS VALENTINA TORREZ, VENEZOLANA, MAYOR DE EDAD, SOLTERA, TITULAR DE LA CÉDULA DE IDENTIDAD NRO. 12. 266.977 Y JOSE ISAIAS SANCHEZ SANCHEZ, VENEZOLANO, MAYOR DE EDAD, TITULAR DE LA CÉDULA DE IDENTIDAD NRO. V- 12.339.921
Resumen:
Por todas las consideraciones de hecho y de derecho este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA CON LUGAR la demanda por AUMENTO DE OBLIGACIÓN ALIMENTARIA intentada por la ciudadana EDUVIS VALENTINA TORREZ, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 12.266.977, en representación de su (IDENTIFICACION OMITIDA), en contra del ciudadano JOSE ISAIAS SANCHEZ, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 12.339.921, identificados en autos. En consecuencia, el prenombrado ciudadano debe suministrarle a su hija la cantidad de CIEN MIL BOLIVARES (Bs.100.000) MENSUALES que representan el seis punto cuarenta y cinco (6.45) salarios mínimos diarios a razón de trece mil quinientos cada uno, según Decreto Presidencial. Así mismo este Tribunal decreta que en el mes de Septiembre y Diciembre dicha obligación será el doble de lo est.....
Juez/Ponente:
Zelideth C Gonzalez Quintero
Organo:
Juzgado de Protección LOPNA
N° Expediente :
5401-05
N° Sentencia :
Fecha: 07/08/2006
Procedimiento: Aumento De La Obligacion Alimentaria
Partes: MERY BEATRIZ PEÑA FLORES, VENEZOLANA, MAYOR DE EDAD, SOLTERA, TITULAR DE LA CÉDULA DE IDENTIDAD NRO. 10. 140.801 Y CARLOS ALBERTO TORRES PEREZ, VENEZOLANO, MAYOR DE EDAD, TITULAR DE LA CÉDULA DE IDENTIDAD NRO. V- 9.567.204
Resumen:
Por todas las consideraciones de hecho y de derecho este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA CON LUGAR la demanda por AUMENTO DE OBLIGACIÓN ALIMENTARIA intentada por la ciudadana MERY BEATRIZ PEÑA FLORES, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 10. 140.801, en representación de (identificaciòn omitida), en contra del ciudadano CARLOS ALBERTO TORRES PEREZ, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 9.567.204, identificados en autos. En consecuencia, el prenombrado ciudadano debe suministrarle a su hija la cantidad de OCHENTA Y CINCO MIL BOLIVARES (Bs.85.000) MENSUALES que representan el cinco punto cuarenta y ocho (5.48) salarios mínimos diarios a razón de quince mil quinientos cada uno, según Decreto Presidencial. Así mismo este Tribunal decreta que en el mes de Septiembre dicha obligación será el doble de .....
Juez/Ponente:
Zelideth C Gonzalez Quintero
Organo:
Juzgado de Protección LOPNA
N° Expediente :
2006-0191
N° Sentencia :
Fecha: 07/08/2006
Procedimiento: Rectificación De Acta De Matrimonio
Partes: ANA MATLIDE CARDENAS ROMAN
Resumen:
...por lo que esta igualmente probado el error material cometido en el Acta de Matrimonio de la ciudadana ANA MATILDE CARDENAS ROMAN, que el primer nombre correcto de la solicitante es: ANA y no AURA, razón por la cual se hace procedente la Rectificación solicitada. En consecuencia, ofíciese lo conducente al Juzgado del Municipio Araure y al Registrador Principal del Estado Portuguesa, a los fines de que sea corregido por la vía de nota marginal el error material cometido en el Acta de Matrimonio N° 7 de fecha 24 de Agosto de 1963, correspondiente a la solicitante, ciudadana ANA MATILDE CARDENAS ROMAN, en el sentido que donde dice: "AURA" debe decir: "ANA", que es el primer nombre correcto de la solicitante.- Se ordena devolver los originales solicitados, dejando en su lugar copias fotostáticas certificadas de los mismos. Para obtener los fotostástos se autoriza a la secretaria de este Tribunal, quien firmará conforme al artículo 112 del Código de Procedimiento Civil.
Juez/Ponente:
Ignacio Herrera
Organo:
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito