Visto el convenimiento celebrado por ante la Fiscalía IV del Ministerio Público con competencia en Materia de Protección del Niño, Adolescente y la Familia y homologado según oficio N° 18-F4-1C-0541-08, de fecha 08-05-2008, entre los ciudadanos ELECIO RAMÓN SÁNCHEZ RODRÍGUEZ y NANCY COROMOTO VÁSQUEZ MORÓN DE SÁNCHEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 3.528.160 y 12.237.729, respectivamente, sobre la FIJACIÓN DE OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN, en beneficio del niño ........................ y el adolescente ............................, de 11 y 12 años de edad, respectivamente, donde el padre cancelará la cantidad de Bs.F. 200,00 mensuales, pagos que se harán a través de recibos firmados directamente a la madre, en cuanto a los gastos de uniformes, útiles escolares, vestuario, calzado y juguetes serán cancelados por mitad por ambos padres, así como los gastos de medicinas, atención médica, recreación y otros, proporcionalmente cada uno de ellos; y por.....