DISPOSITIVA
Por lo anteriormente expuesto, este Juzgado de Primera Instancia en función de Ejecución N° 2, del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara EXTINGUIDA LA PENA TOTAL, al ciudadano Escalona Cabeza Enrique Bartolo, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 11.404.163, residenciado en Caserío Río Guanare, carretera Nacional Troncal 5 vía a Barinas, Guanare estado Portuguesa, por la comisión del delito ocultamiento ilícito de arma de fuego, previsto y sancionado en el artículo 277 del Código Penal, por cumplimiento de la misma, de conformidad con el artículo 105 ejusdem.
Notifíquese a las partes. Remítase copia de la decisión a la Dirección de Custodia y Rehabilitación al Recluso, Ministerio del Interior y Justicia, a la División de Antecedentes Penales del referido Ministerio, Consejo Nacional Electoral y a la Unidad Técnica de.....