Por lo anteriormente expuesto, este Juzgado de Primera Instancia en función de Ejecución Nº 1, del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara EXTINGUIDA LA PENA PRINCIPAL, a los penados JOSÉ GREGORIO OVIEDO; venezolano, mayor de edad, soltero, obrero, hijo de Tony Ramón Polanco y María Rosenda Oviedo, titular de la cédula de identidad N° 15.215.934, nacido en fecha 03-07-1978, de 28 años de edad, residenciado en el Barrio Páez, calle 5, casa Nº 17, al frente del cuidado diario, Acarigua Estado Portuguesa; y JOSÉ ANTONIO LOYO venezolano, mayor de edad, natural de Acarigua Estado Portuguesa, profesión u oficio Albañil, nacido en fecha 07-09-1977, de 29 años de edad, casado Titular de la cédula de identidad Nº 13.555.445, hijo de Padre Desconocido y Madre Maria Felicita Loyo, residenciado en el Barrio Guajira Vieja, calle 2, con avenida 39, casa Nº 10 Acarigua Estad.....