DISPOSITIVA:
Por los motivos antes expuestos, este Juzgado del Municipio Sucre del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara CON LUGAR, la revisión de Obligación de Manutención solicitada por la ciudadana: Magalys Pacheco, venezolana, mayor de edad, domiciliada en Cerro Saguaz jurisdicción del Municipio Sucre estado Portuguesa, titular de la cédula de identidad N° 16.645.480, presentación de su hija xx, de 02 años de edad, contra el ciudadano: Carlos Eduardo Azuaje, venezolano, mayor de edad, domiciliado en Gato Negro calle 4 poblado I, carretera vía Morita, titular de la cédula de identidad N° 17.003.552, y fija la cantidad de trescientos bolívares fuertes (Bs.300,00) mensuales, y el doble de la cantidad en el mes de diciembre de cada año, más medicina cuando lo amerite. Se ordena que dicha cantidad sea depositada por ante el Banco Banfoandes en la.....