Por los fundamentos antes expuestos, este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Guanare del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA: CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO formulada por los ciudadanos María Adelaida da Costa Piqueras y Manuel Domingo Forte Rivero, venezolanos, mayores de edad, cónyuges entre sí, titulares de la Cédulas de Identidad Nros V- 8.067.497 y V-8.057.499 respectivamente, ambos domiciliados en la Urbanización Villanueva, casa Nº 112, Autopista José Antonio Páez, debidamente asistidos por el profesional del derecho Fredy Coromoto Prisco Ramírez, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-12.237.792, e inscrito en el I.P.S.A bajo el Nº 172.120, de conformidad con lo establecido en la Sentencia Nº 693, dictada en fecha 02 junio de 2015, Expediente Nº 12.1163, por la Sa.....