se hizo presente el Abogado en ejercicio José Rafael Márquez, Impreabogado N° 31.829, para asistir al notificado y demandado ciudadano José Lisandro Varela Alcalde, antes identificado, quienes solicitan el Derecho de Palabra y exponen: "Solicitamos se nos conceda un lapso de tiempo para desocupar el inmueble, ya que en el mismo tengo materiales y maquinarias pesadas de hierro industriales que me dificulta el traslado de inmediato. Es todo". Seguidamente solicita el Derecho de Palabra, la Apoderada Actora, Abg. Milagros Sarmiento, ya identificada, quien expone: "Acepto concederle un lapso de tiempo al Demandado para que desocupe el inmueble, lapso contado a partir del día de hoy veintisiete de Noviembre de dos mil ocho (27/11/2008) hasta el día quince de Diciembre de dos mil ocho (15/12/2008) ambos inclusive. Es todo". Seguidamente el Tribunal visto lo expuesto por las partes lo acuerda de conformidad, y acuerda concederles el lapso por ellos establecido para la desocupación del inmuebl.....