Vista la solicitud formulada por la ciudadana ARLENIS DEL ROSARIO PERAZA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-10.956.808, residenciada en el Caserío Santa Rosa de la Fila, Casa N° 25096, Chabasquen, Municipio Unda del estado Portuguesa, obrando en representación de su hija, la niña ....., de diez (10) años de edad, debidamente asistida por la Defensora Publica para el Sistema de Protección del Niño y del Adolescente, Abogada AIDA BRICEÑO RONDÓN, titular de la Cédula de Identidad N° V-8.132.354, mediante la cual solicita de este Tribunal AUTORIZACIÓN JUDICIAL PARA GESTIONAR COBRO DE DINERO en nombre de su referida hija, el cual le pertenece por concepto de beneficios laborales, colectivos, contractuales, Pensión de Sobrevivientes, Seguro de Vida, beneficios de Caja de Ahorros, Ahorro de Ley de Política Habitacional, Prestaciones Sociales y Fideicomiso, en razón de la muerte de su padre, ciudadano HÉCTOR MANUEL PARGAS ARAUJO, quien era venezolano, mayor de .....