Este Tribunal por decisión de esta misma fecha OTORGA el beneficio de LIBERTAD CONDICIONAL, a favor de la penada YOLLYS GEORGENA MARQUEZ CEBALLOS, quien se hacía llamar YENIFER CAROLINA MARQUEZ, hasta el 12 de abril de 2006 a las dieciocho horas, fecha de finalización de la condena, culminando el período de vigilancia en fecha 13 de agosto de 2007 a las dieciocho horas, a quien se le sigue causa por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE FRUSTRACIÓN, previsto y sancionado en el Artículo 460 en relación con el segundo aparte del articulo 80 del Código Penal, cometido en perjuicio de la ciudadana Gladis Ramona Martínez Peralta, quien deberá presentarse ante la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario del Estado Portuguesa, en el lapso de tres días después de otorgado el beneficio; todo de conformidad con lo previsto en los Artículos 479 Ordinal 1° del Código Orgánico Procesal Penal.