DISPOSITIVA
Por los motivos expuestos, este Tribunal de Ejecución de Penas y Sanciones Nº 2, del Primer Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara con lugar la Libertad Condicional como Formula Alternativa de Cumplimiento de Pena, al penado VALDERRAMA GONZALEZ KINSON RAMÓN, venezolano, natural del Caserío La Laguneta, Parroquia La Concepción, Municipio Sucre estado Portuguesa, nacido en fecha 31-08-1973, de 30 años de edad, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad N° 22.090.801, hijo de Francisco Valderrama y Rufina González, residenciado Barrio San Francisco, calle principal, detrás de la Bodega Las Tres (3) esquinas, Biscucuy estado Portuguesa, quien deberá cumplir las condiciones impuestas. Todo de conformidad con lo previsto en el artículo 488 con relación al artículo 472 del Código Orgánico Procesal Penal reformado.
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