EN NOMBRE DE LA REPUBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, SE DECRETA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE PRESENTACIÓN PERIODICA CADA OCHO DÍAS por ante el alguacilazgo de conformidad con el artículo 256 ordinal 3° del código orgánico procesal penal para la imputada MARIA DE LOS ANGELEZ NOGUERA, venezolana, de 47 años edad, F.N. 06-10-57, soltera, cédula de identidad N°V-6.601.682, de oficio del hogar, residenciado en Villa Araure, Av. 12,Urb. casa N° 23 Araure Estado Portuguesa. Por el delito de POSESIÓN ILICITA DE ESTUPEFACIENTES, previsto y sancionado en el del artículo 36 de la Ley Sobre Sustancias Estupefacientes, en perjuicio del estado Venezolano. Y LIBERTAD PLENA para la ciudadana BELKIS ROMERO venezolana, de 29 años edad, F.N. 04-05-75, soltera, cédula de identidad N°V-12.860.465, de oficio del hogar, residenciado en Villa Araure, calle 13, casa s/n. Araure Estado Portuguesa. Se ordena boleta de excarcelación y remitir las actuaciones a la fiscalia de origen.