Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con el artículo 330 del Código Orgánico Procesal Penal, resuelve lo siguiente:
1. Admite totalmente la acusación presentada por la Representación Fiscal contra el acusado COLMENARES TERAN FIDIAS ALBERTO, venezolano, natural de Guanare, Estado Portuguesa, de 24 años de edad, fecha de nacimiento 13/03/1980, soltero, de profesión u oficio comerciante, titular de la cedula de identidad Nº 14.332.115, residenciado en el Barrio Coromoto, calle 2, entre carrera 6 y callejón picolino, (cerca de Chicha Andina), casa S/Nº, Telf.:0257-2517025, Guanare Estado Portuguesa, por la comisión del delito de HOMICIDIO CULPOSO, previsto y sancionado en el artículo 411 del Código Penal Vigente, en perjuicio del ciudadano Antonio Raúl Marín (Occiso). Así mismo admite la adhesión a la acusación presentada por el apoderado judicial de la víctima Abogado Ricardo Páez Duran Así se decide.
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