Por los fundamentos antes expuestos, este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Páez y Araure del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio 185 propuesta por la ciudadana: MARÍA DEL CARMEN ESCORCHE, venezolana, mayor de edad, casada, titular de la Cédula de Identidad N° V-9.842.872, domiciliada en el Barrio Bolívar, Avenida 07, casa sin número, Municipio Páez, de la Ciudad de Acarigua, Estado Portuguesa, asistida en este acto por las abogadas MARÍA MARGINA HERNÁNDEZ y MAITHE C. GIMÉNEZ, titulares de las Cédulas de Identidad Nros V-11.081.106 y V-11.082.679, respectivamente, e inscritas en el Inpreabogado bajo los Nros 213.475 y 233.880, correlativamente, contra el ciudadano FRANCISCO MANUEL DE LA ROSA GONZÁLEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N°.....