De este modo y con arreglo al Artículo 105 del Código Orgánico Procesal Penal, se declara Extinguida la Pena que le fuere impuesta a los ciudadanos ORTIZ LEON JOSE AMBROSIO, titular de la cédula de identidad N° 10.726.745, natural de Dolores Estado Barinas, fecha de nacimiento 07-12-61, de 43 años de edad, Soltero, de Profesión u oficio Agricultor, hijo de Juana Leon y Juan de Dios Ortiz, domiciliado Barrio Madre Vieja casa s/n Guanarito estado Portuguesa, y SOTO LEON RAMON ANTONIO, titular de la Cédula de identidad N° 12.895.552, Venezolano, Natural de Guanarito, nacido el 26-01-70, de 35 años de edad, soltero, agricultor, hijo de Rosa Leon y Ricardo Soto, domiciliado en Barrio madre Vieja casa s/n Guanarito estado Portuguesa, por cumplimiento de la misma y así se decide, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, este Juzgado de Primera Instancia en función de Ejecución N° 2, del Circuito Judicial Penal del Estado Portugue.....