DISPOSITIVO
Por los razonamientos expuestos este Tribunal de Primera Instancia en Función de Control No. 1 del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, con fundamento en el numeral 4º del artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal D E C R E T A EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA a favor del ciudadano CLAUDIO GRATEROL ANDRADE, titular de la Cédula de Identidad N° V-8.063.851, venezolano, natural de Guanare Estado Portuguesa, mayor de edad, nacido en fecha 26 de Abril de 1957, soltero, de profesión u oficio Cañicultor, residenciado en el Asentamiento Campesino José Antonio Páez, sector Gato Negro, primera entrada, calle principal, casa N° 34-43, Guanare Estado Portuguesa, por el delito de VIOLENCIA CONTRA LA MUJER Y LA FAMILIA previsto y sancionado en la derogada Ley Sobre la Violencia contra la Mujer y la Familia.
Déjese copia de la presente de.....