Vista la conciliación celebrada entre los Ciudadanos MIGUEL ANGEL PEÑA BRACAMONTE y YENIFER ANDREINA GUANAY BELLO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N° 22.091.041 y 20.543.109, respectivamente, por ante la Fiscalía Cuarta del Ministerio Público con competencia en materia de Protección del Niño, Niña, Adolescente y Familia, en fecha 08 de abril del 2010, sobre el establecimiento de la OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN, del padre en beneficio de sus hijos, los niños ..........., de cuatro (04), tres (03) y dos (02) años de edad, respectivamente, "por la cantidad de Doscientos Bolívares (Bs. 200,00), quincenales, los cuales serán entregados a la madre. Asimismo el padre se obliga cancelar los gastos de vestuario, calzado y juguetes en el mes de diciembre. De igual forma el padre y la madre se obligan cancelar los gastos por concepto de medicina, atención medica, recreación y otros, proporcionalmente a cada uno de ellos, igualmente convienen que los pagos será.....