DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa en Funciones de Control N° 3, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decreta el SOBRESEIMIENTO de la presente solicitud, seguida en contra de ALLEN GALVIS JORGE ARMANDO, venezolano, de 25 años de edad, soltero, Abogado, titular de la Cédula de Identidad Nº V-12.858.065, residenciado en Calle La Florida Nº 98, Urbanización San Francisco, Araure Estado Portuguesa, y GONZALEZ VARGAS FABIO HELI, colombiano, de 37 años de edad, soltero, Operador, titular de la Cédula de Identidad Nº E-81.407.101, residenciado en Avenida Principal Ospino, frente al Hotel Ospino (Sector La Encrucijada) Estado Portuguesa, por la comisión del delito de Lesiones Culposas, previsto y sancionado en el ordinal 2 del artículo 422 del Código Penal, en perjuicio del ciudadano TORRES CASTILLO JOSE ALBERTO, obrero, t.....