Por todas las razones antes expuestas, este Tribunal de Control N° 02 del Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente. Extensión Acarigua, administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO, a favor del adolescente ( Identidad Omitida), antes identificado, todo de conformidad a lo establecido en el artículo 561 literal "D" de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, en concordancia con el artículo 318, ordinal primero del Código Orgánico Procesal Penal, aplicado supletoriamente por disposición expresa del artículo 537 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. Notifíquese a las partes.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Audiencia del Tribunal de Control N° 2 del Sistema de Responsabilidad Penal del Adolescente. Extensión Acarigua, en Acarigua a los veintinueve días del mes de Julio del año dos mil cinco.
LA JUEZ DE CONTROL N° 2,
.....